Bogotá, D.C.
En una decisión histórica, el Consejo de Estado de Colombia confirmó la nulidad de la elección de José Amiro Morón Núñez como alcalde del municipio de La Jagua del Pilar, en La Guajira, para el periodo 2024-2027. La sentencia, emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta, presidida por el Magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, se basa en la causal de doble militancia en la modalidad de apoyo.
Los demandantes, Carlos Mario Isaza Serrano y Fabián Vicente Cotes González, argumentaron que Morón Núñez había apoyado a Wilmer Torres Nieves, un candidato al Concejo de La Jagua del Pilar por el Partido Conservador Colombiano, a pesar de que el propio Morón Núñez era candidato por el Partido de la Unión por la Gente (Partido de la U). Esta acción fue considerada una violación a la prohibición de doble militancia establecida en la Ley 1475 de 2011.
La evidencia crucial en este caso fue un video de una entrevista en el medio "Tus Noticias 24" donde Morón Núñez expresaba su respaldo a Torres Nieves, indicando incluso cómo votar por él. Esta entrevista, transmitida en vivo y con amplia difusión regional, fue determinante para la decisión judicial.
El demandado intentó rebatir las acusaciones, afirmando que sus comentarios eran meros agradecimientos y no actos de apoyo político. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que las expresiones de Morón Núñez constituyeron un "acto positivo y concreto de apoyo", lo que configura la doble militancia.
El fallo, que se dio en segunda instancia, confirma la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de La Guajira, ratificando así la nulidad de la elección de Morón Núñez. Este veredicto tiene consecuencias inmediatas según el artículo 288.3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, implicando que se deberán tomar medidas para la nueva elección del alcalde.
Esta decisión judicial subraya la importancia de la disciplina partidista y la integridad de los procesos electorales, enviando un claro mensaje sobre la aplicación estricta de las normas electorales en Colombia.
¿Qué viene ahora?
En diálogo con La Tribuna del Cesar, el abogado Carlos Mario Isaza explicó que, una vez se surta todo el trámite de notificación, la gobernación de La Guajira deberá proceder a encargar a un alcalde del mismo movimiento político de José Amiro Morón, y, simultáneamente fijar, en asocio con la Registraduría Nacional del Estado Civil, la fecha de las elecciones atípicas para proveer este cargo que queda vacante como consecuencia del fallo.
A la pregunta de quiénes pueden aspirar en esta elección atípica, Isaza Serrano fue enfático en afirmar que los únicos que no pueden participar en dicha elección son el alcalde cuya elección fue declarada nula (esto es, José Amiro Morón) y el alcalde saliente Waldin Soto Durán, pues está prohibida en Colombia la reelección inmediata de alcaldes. Aclarado esto, se sobreentiende que la aspirante que quedó como segunda en votación en las pasadas elecciones Ivón Manjarréz, como cualquier otra persona que cumpla los requisitos para ser elegido alcalde en dicha jurisdicción puede inscribirse válidamente como candidato.
Escuche la entrevista completa a Carlos Mario Isaza Serrano: