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Consejo de Estado tumbó decreto que amplió Linea Negra de etnias de la Sierra Nevada

Por
Andrés Llamas
Friday, February 20, 2026 6:09 PM
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Bogotá.

La Sección Quinta del Consejo de Estado, en fallo de única instancia, declaró nulo el decreto 1500 de 2018, con el cual se amplió la denominada Línea negra o Sezhiya, territorio de los pueblos indígenas arhuaco, kogui, wiwa y kankuamo en la Sierra Nevada de Santa Marta, que impacta los departamentos del Cesar, Magdalena y La Guajira.

El decreto fue firmado por el entonces presidente Juan Manuel Santos, un día antes de salir de su cargo, y con la decisión amplió de 54 a 348 los sitios sagrados de los indígenas, lo cual cambió en gran medida no solo aspectos territoriales, sino la relación del Estado con los pueblos étnicos que habitan la sierra.

La decisión del Consejo de Estado obedece a la demanda de nulidad que presentó el ciudadano Yefferson Mauricio Dueñas Gómez, quien consideró que el decreto tenía ‘falsa motivación’, pues para el 2018 carecía de una cartografía elaborada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC. También establece la sentencia que la nueva Línea negra se cruza con el territorio de otras comunidades indígenas que no fueron consultadas, por ejemplo, los chimilas.

“Con fundamento en las consideraciones expuestas, la Sala declarar la nulidad del Decreto 1500 de 2018, al encontrar probado los cargos de: i) falsa motivación porque al momento de la expedición no se contaba con la cartografía oficial de la Línea Negra; y ii) expedición irregular por no agotar el trámite de la consulta previa respecto de las comunidades indígenas y afrocolombianas ubicadas al interior del polígono de la Línea Negra, y no acatar la técnica normativa prevista para la expedición de los actos administrativos”, se lee en el fallo.

En los argumentos de la demanda, se consideró que el entonces presidente Juan Manuel Santos se extralimitó en sus funciones al expedir y firmar el decreto. “Falta de competencia del Presidente de la República y desconocimiento de las atribuciones constitucionales y legales de los entes territoriales. La parte actora indicó que el Congreso de la República es responsable de establecer las competencias de las entidades territoriales, de conformidad con lo previsto en el numeral 4.° del artículo 150 de la Constitución Política”, indica el documento.

Las implicaciones de la decisión del Consejo de Estado están en pleno análisis, principalmente por parte de las comunidades indígenas afectadas, pues la norma que acaba de ser anulada establecía especial protección, valor espiritual, cultural y ambiental a los espacios territoriales reconocidos por el Gobierno nacional en el decreto 1500.

Finalmente, cabe resaltar que entre los argumentos del Consejo de Estado para tomar la decisión también está el hecho de que al momento de la expedición del decreto “no existía la cartografía oficial elaborada por el IGAC que definiera el polígono de la Línea negra y además el denominado ‘Documento Madre’, diseñado por las comunidades indígenas con aspectos fundamentales de la Ley de Origen para establecer sus líneas divisorias “no se había concretado”.

Los pueblos indígenas afectados han manifestado su intención de reunirse para tomar decisiones conjuntas al respecto, que aún no han sido dadas a conocer.

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