Valledupar.
El Tribunal de Garantías Electorales de la Universidad Popular del Cesar declaró este jueves 9 de abril la nulidad del acto administrativo de inscripción de Guillermo Andrés Echavarría Gil como candidato a la rectoría de la institución para el periodo 2026-2030. La decisión, adoptada mediante el Acuerdo No. 015, quedó en firme de manera inmediata y no admite ningún recurso, por tratarse de la máxima autoridad electoral de la universidad. La votación fue de tres votos a favor y dos en contra: respaldaron la decisión los representantes de los egresados, Carlos Contreras; de los sindicatos, César Rangel; y de los estudiantes, Samuel Rojas.
El Tribunal determinó que Echavarría Gil incumplió uno de los requisitos fundamentales para aspirar al cargo: acreditar al menos cinco años —60 meses— de experiencia académica en instituciones de educación superior, tal como lo exige el Acuerdo 016 de 2025, modificatorio del Acuerdo 038 de 2004. Durante la verificación, el organismo constató que el aspirante solo certificó 49 meses de experiencia, y que estos correspondían a actividades en educación para el trabajo y el desarrollo humano, un nivel formativo distinto al universitario, regulado por la Ley 1064 de 2006 y el Decreto 4904 de 2009, que no cumple el estándar estatutario exigido para regir una institución de educación superior.
El Tribunal señaló además que la irregularidad había sido advertida desde el inicio del proceso: mediante el Acuerdo 008 de 2025 ya se había inadmitido la inscripción de Echavarría Gil por las mismas razones. Sin embargo, tras un recurso de reposición interpuesto por el candidato y sin que este aportara nuevas pruebas que modificaran la situación, se le permitió continuar en el proceso, lo que el organismo calificó como una "protuberante irregularidad administrativa" que vulneró principios constitucionales de legalidad, transparencia, igualdad y moralidad administrativa.
Como consecuencia directa de la anulación de su inscripción, el Tribunal recomendó al Consejo Superior Universitario —que ya había designado a Echavarría Gil como rector electo— revisar y adoptar la decisión que corresponda frente a ese nombramiento. En términos jurídicos, el acuerdo es claro: suprimida la inscripción, el aspirante queda automáticamente excluido de la contienda electoral, lo que pone en cuestión la validez de su elección y obliga al máximo órgano de gobierno de la UPC a tomar una determinación sobre la vigencia del acto administrativo mediante el cual fue designado rector para el periodo 2026-2030.